domingo, 25 de enero de 2009

CARACTERISTICAS PRINCIPALES DEL INAEM



Características principales
Son sociedades que llevan a cabo actividades empresariales y que agrupan a personas para satisfacer necesidades y aspiraciones económicas y sociales en común Se trata de empresas cuyo objetivo primordial es satisfacer en común ciertas necesidades de sus socios (personas físicas y/o jurídicas), como pueden ser: un puesto de trabajo, obtener bienes y servicios en común en condiciones ventajosas, etc.…, siendo de carácter secundario el rendimiento que se pueda obtener del capital aportado.

Así mismo, de conformidad con los criterios fijados por la Alianza Cooperativa Internacional, procuran contribuir también al desarrollo del ámbito social en el que se desenvuelven.


Su capital es variable Se puede incrementar o disminuir libremente en función de la entrada y salida de socios en la cooperativa, sin necesidad de realizar modificaciones estatutarias ni otorgar escritura pública, aunque respetando una cifra mínima de garantía que habrá de constar en los estatutos.


Su estructura y gestión son democráticas El derecho de voto es independiente del capital social que se posea. Cada socio posee un sólo voto, salvo en determinadas clases de cooperativas, donde se puede establecer el voto ponderado en función del grado de participación de cada uno en la actividad que constituye el objeto social de la entidad.
La adhesión y baja son voluntarias La adhesión debe ser voluntaria y abierta a todas las personas que reúnan los requisitos necesarios para la adquisición de la condición de socio que se fijen en estatutos y acepten los deberes y responsabilidades inherentes a ello.

No obstante, este principio está supeditado a las capacidad de la cooperativa para admitir nuevos socios. Asimismo, debe existir la posibilidad de baja voluntaria en cualquier momento, con devolución de las aportaciones efectuadas en el plazo y condiciones fijadas en estatutos.

El socio adquiere la obligación de responder durante un determinado periodo de tiempo y hasta el importe de sus aportaciones que le han sido devueltas o estén pendientes de devolverle, de las posibles responsabilidades que se hayan derivado mientras permaneció en la cooperativa.


Los resultados económicos se imputan a los socios en función de la actividad cooperativizada que realizan A diferencia de las sociedades mercantiles, las ganancias o pérdidas se reparten entre los socios en función del volumen de actividad realizada con la cooperativa o la dedicación a la misma y no del capital que se posea en ella.

Así mismo, antes de la imputación a los socios han de atenderse los fondos comunitarios de dotación obligatoria, destinados a garantizar la solvencia de la Cooperativa y el efectivo cumplimiento de sus finalidades de carácter social.




FUNCIONES DEL INSTITUTO ARAGONÉS DE EMPLEO


Corresponden al Instituto Aragonés de Empleo las funciones de planificación y gestión de las políticas de empleo de la Comunidad Autónoma de Aragón, enumeradas en el artículo 2 de la Ley 9/1999 y, en concreto, las siguientes:
En relación con la intermediación del mercado de trabajo, en la que el Instituto representa el eje central:
Las funciones de ejecución, en materia de intermediación laboral, garantizando la transparencia y accesibilidad a la información por parte del sistema público de empleo estatal.
Las funciones de ejecución relativas a la obligación de los empresarios de registrar o, en su caso, comunicar los contratos laborales en los términos legalmente establecidos,así como la comunicación a la oficina de empleo de la terminación de éstos.
La autorización, renovación, modificación y extinción de las agencias de colocación cuyo ámbito de actuación no supere el del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Las funciones relativas a las actividades de la Redes Europeas de Servicios de Empleo (EURES) en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
En relación con la planificación, gestión y control de las políticas de empleo:
La gestión de los programas de apoyo y fomento al empleo.
La organización y articulación en el ámbito de Aragón de los convenios con las entidades asociadas de los servicios integrados para el empleo.
La gestión y control de los programas nacionales de escuelas-taller, casas de oficio y talleres de empleo.
La gestión de conciertos, convenios de colaboración y subvenciones que correspondan, con especial incidencia en lo que se refieran a las corporaciones locales.
La calificación y registro administrativo de las sociedades laborales.
La promoción, formación y asesoramiento en materia de cooperativas y sociedades laborales.
La calificación, registro administrativo y control de subvenciones de centros especiales de empleo.
En relación con la formación profesional ocupacional y continua:
La ejecución de los planes y programas derivados de la política del Gobierno en materia de formación profesional ocupacional y continua, para implantar una Formación Profesional orientada hacia el empleo.
El diseño, implantación, seguimiento y evaluación del Plan de Formación e Inserción Profesional.
La gestión de las acciones del Plan de Formación Ocupacional de la Comunidad Autónoma de Aragón y del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional.
La propuesta y programación de las acciones formativas derivadas de las necesidades que se detecten y de la prospección de demandas de ocupación.
La elaboración de estudios y prioridades sobre necesidades formativas destinadas a mejorar la cualificación de los trabajadores aragoneses.
La adecuación de la oferta formativa en materia de Formación Ocupacional a través de la homologación de especialidades formativas y centros colaboradores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
La gestión Iniciativas Comunitarias tendentes a mejorar la calidad de los procesos formativos.
La gestión de programas europeos tendentes a mejorar la cualificación de los recursos humanos en Aragón.
La coordinación con el Consejo de Formación Profesional y los órganos dependientes del mismo.
Potenciar los servicios de orientación profesional en su ámbito de competencia.
La elaboración, control y seguimiento del Plan de Empleo de Aragón.
Estudios y propuestas en materia del mercado de trabajo, sin perjuicio de las competencias de otros organismos.
Las funciones de ejecución relativas al cumplimiento de las obligaciones de empresarios y trabajadores, y, en su caso, la potestad sancionadora, en las materias relativas al empleo y desempleo, en los términos establecidos en la legislación del Estado.
La elaboración del anteproyecto de presupuesto del Instituto y de propuestas de modificación de crédito y de liquidación de dicho presupuesto, así como su ejecución, de acuerdo con lo que establezca la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón y la Ley de Presupuestos de cada ejercicio.
La gestión de la contabilidad del Instituto, con sujeción al régimen de contabilidad pública, en los términos previstos por la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.
La gestión de la cuenta de la tesorería del Instituto, con las competencias establecidas en la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Cualesquiera otras funciones que, en materia de empleo, formación ocupacional y continua o intermediación en el mercado de trabajo, correspondan a la Comunidad Autónoma de Aragón.


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